Cuando el pasado 6 de diciembre el Tribunal Oral Federal 2 dio a conocer el veredicto en el juicio por la obra pública en Santa Cruz una incógnita quedó flotando entre los abogados defensores. ¿En qué prueba se basaron los jueces Rodrigo Giménez Uriburu, Andrés Basso y Jorge Gorini para concluir que hubo sobreprecios en tres de las 51 obras investigadas? Este va a ser el nudo gordiano que la mayoría de las defensas de los condenados buscará desarmar luego del 9 de marzo, día en que se conozcan los argumentos.
Por un lado, la fiscalía anunció el mismo día de la sentencia que apelará los sobreseimientos a Julio De Vido, Abel Fatala y Héctor Jesús Garro y, sobre todas las cosas, trabajará en insistir con la figura de la asociación ilícita. Es porque el TOF2 consideró que ese delito no se configuró y sólo dictó condenas por fraude a la administración pública. Eso explicó, por ejemplo, que a Cristina Kirchner le hayan dado seis años de prisión y no doce, como reclamaba la acusación. Por supuesto que lo que no apelarán los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola es la inhabilitación para ejercer cargos públicos de por vida. Así lo pidieron en su alegato y así lo consiguieron en el fallo.
El desaguisado que advirtieron las defensas -sobre todo de Cristina Fernández- respecto de la figura de asociación ilícita aplicada a un gobierno podría llevar a lugares insólitos. Llevado el concepto a su punto máximo, si un gobierno es considerado una asociación ilícita todos sus actos deberían ser dictados nulos. Incluso, vaya paradoja, los nombramientos de Luciani y de los tres jueces de Comodoro Py, que llevaron la rúbrica de la propia Cristina cuando era presidenta.
Las defensas, en tanto, ya trabajan en los escritos de apelación centrados en las tres obras en las que el tribunal consideró que se configuró el fraude. Todo parecería indicar que se basarán en el peritaje oficial. Si fuera así la discusión será ardua en Casación. Es porque el estudio realizado por Pablo Eloy Bonna, Roberto Panizza y Adriana Alperovich fue ampliamente discutido por ellos mismos durante nueve audiencias del juicio y no llegaron ni a una metodología ni a un resultado común.
El peritaje, que se realizó recién una vez comenzado el debate oral, fue sobre las siguientes cinco obras:
1) Expte. DNV 13191/2006 “Obras básicas y pavimento Ruta Naciona n° 3, tramo ‘Av. Cirunvalación Caleta Olivia’”
2) Expte DNV 16.957/08 “Autopista –Autovía en Ruta Nacional n° 3, tramo ‘Km 1864 – Km 1908,6’”
3) Expte DNV 18.295/08 “Autopista – Autovía en Ruta Nacional n° 3 tramo ‘Rada Km 1867’”
4) Expte DNV 10.563/11 “Obras básicas y pavimento en Ruta Provincial 47, tramo ‘Empalme Ruta Nacional n°281 – Ruta Nacional n°3, Sección II’”
5) Expte DNV 20.178/11 “Obras básicas y pavimento en la Ruta Nacional n° 288, tramo ‘Estancia La Julia – Tres Lagos, Sección I: Estancia La Julia –Km 75’”
Habrá que ver en cuál de estas cinco rutas los jueces consideraron que hubo sobreprecios y en base a la metodología de cuál de los dos peritos que dijeron que se había pagado por encima de los valores de mercado, Panizza (por parte de la fiscalía) y Bonna (oficial, de la Corte Suprema). Uno usó la revista El Constructor para sacar valores de referencia y no los oficiales de cada ítem de obra. Y el otro comparó obras licitadas durante el macrismo un 20% por debajo del valor oficial (por lo que no se pudieron hacer) y equiparó contratos de mantenimiento con las licitaciones para construir una ruta desde cero.
El estudio debía ser la prueba nodal para la causa, pero dejó más dudas que certezas. Se seleccionaron sólo 5 obras de las 51 investigadas, lo que representa menos del 10% del total. Es decir, que la fiscalía construyó una imputación “por muestreo”, lo que fue duramente cuestionado por las defensas, ya que es una metodología que puede dejar lugar a dudas, lo que en el ámbito penal puede derivar en irregularidades e injusticias graves. Puede implicar, nada menos, que cercenar la libertad de una persona en base a una prueba que no es del todo representativa o concluyente y que sólo saca conclusiones estadísticas de probabilidad. Así lo expresó, incluso, la querella de Unidad de Información Financiera, que reclamó absoluciones por el beneficio de la duda.
“Si se basaron en el peritaje para concluir el fraude, me hago un festín en la apelación”, le confió uno de los defensores a Ámbito. Lo cierto es que todo indica que así será, ya que ninguno de los 114 testigos que pasaron por el juicio sumó elementos sobre los presuntos sobreprecios. Nadie habló con certeza de pagos por encima de los valores de mercado, salvo uno y sin juramento de decir verdad por estar imputado en causa conexa: Leonardo Fariña.
Así las cosas, no hay ninguna prueba documental ni testimonial que se haya sustanciado durante el juicio que haya demostrado en forma cabal la existencia de los sobreprecios.
El misterio sobre la argumentación de los jueces para concluir el fraude se develará el próximo 9 de marzo a las 9 de la mañana. Y las apelaciones recaerán en la Sala IV de la Cámara de Casación, integrada por Gustavo Hornos y Mariano Borinsky, ambos visitantes de Mauricio Macri en Olivos y Casa Rosada. (Ámbito)