El expresidente Eduardo Rodríguez Veltzé (2005-2006) recordó que ningún juez puede “torcer” el espíritu de un juicio de responsabilidades, en alusión al caso Senkata que involucra a la expresidenta Jeanine Áñez.
Sin aludir a la acusada, el exmandatario reivindicó el mandato de la Constitución sobre el caso. “La voluntad constituyente y soberana del pueblo aprobó la CPE que define las competencias de juzgamiento. Ninguna autoridad y menos los jueces pueden torcerla a título alguno”.
Adjuntó en su mensaje en Twitter un extracto de la Carta Magna referido a las competencias del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) en casos de juicio a expresidentes. Su reacción derivó de la decisión judicial de procesar a Áñez en la vía ordinaria.
Asamblea Legislativa
Acusada por la masacre de Senkata, la represión militar policial-militar que dejó una decena de fallecidos en 2019, Áñez debió ser enjuiciada previa autorización de la Asamblea Legislativa. Sin embargo, el juez Marco Antonio Amaru decidió lo contrario el martes.
Una vez que el Ministerio Público amplió las acusaciones contra la exmandataria por delitos de genocidio, homicidio y lesiones graves en el caso Senkata, el juez atendió la “excepción de inhibitoria”, a demanda de las víctimas.
Los familiares de heridos y muertos en la masacre del 19 de noviembre de 2019 habían expresado su preocupación por la dilación del juicio, a expensas de la Asamblea Legislativa.
Proposición acusatoria
A finales de agosto de 2021, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) decidió enviar a la Asamblea Legislativa la proposición acusatoria de los casos Senkata y Sacaba contra Áñez.
La denuncia se refiere a la represión policial-militar que degeneró en una veintena de fallecidos en ambos puntos, a instancias del Decreto Supremo 4078, promulgado el 14 de noviembre por Áñez. Dicha norma libraba de sanciones penales a las fuerzas de seguridad.
En su informe sobre el caso, presentado el 17 de agosto de 2021, el Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI) consideró dichas intervenciones con muertes como masacres y recomendó investigación y procesos.
Constitución
Según recordó Rodríguez Veltzé, el artículo 184 de la Constitución establece las competencias del TSJ en casos de juicios a expresidentes por delitos cometidos en el ejercicio de su mandato.
La norma fundamental dicta que una vez recibida la proposición acusatoria, la Asamblea Legislativa debe autorizar el juicio, cuya resolución deberá emanar del tribunal colegiado, “en pleno y en única instancia”.
Áñez llegó al poder en un proceso de sucesión cuestionado. Se proclamó mandataria el 12 de noviembre de 2019, dos días después de la renuncia del presidente Evo Morales.
La proclamación de al entonces segunda vicepresidenta de la Cámara de Senadores transcurrió en un acto sin quorum ni asistencia de la bancada mayoritaria del Movimiento Al Socialismo (MAS).
APDH-Bolivia anuncia visita a reos en Chonchocoro, entre ellos Camacho
Consultado sobre si el operativo fue violento, Édgar Salazar dijo “tal vez fue una actuación incorrecta de la Policía ese día, por ello se ha pedido conocer el protocolo para la aprehensión”.
El presidente de la Asamblea Permanente de Derechos Humanos de Bolivia (APDH-B), Édgar Salazar, anunció que una comisión visitará a los reclusos de Chonchocoro, entre ellos Luis Fernando Camacho.
“Como institución, hicimos la solicitud a la Dirección de Régimen Penitenciario para ingresar a la cárcel de Chonchocoro y hacer una visita a todos los privados de libertad. Vamos a movilizarnos para que nos agenden el día y los protocolos de ingreso para hacer un seguimiento”, detalló a La Razón Radio.
Añadió que esta comisión se reunirá con todos los privados de libertad para conocer su situación jurídica, preocupaciones y estado salud a fin de lograr un equilibrio en el trato que les proporciona.
Camacho
Respecto a la situación de Camacho, Salazar indicó que se trabaja en un informe sobre su situación jurídica. “Vamos a trabajar en ese informe y nos falta hacer la visita”, indicó.
El gobernador cruceño está recluido preventivamente en el penal de Chonchocoro desde el 30 de diciembre. Está acusado por presunto terrorismo en el caso Golpe de Estado I.
De acuerdo con sus abogados, familiares y políticos de oposición, dicha reclusión es injusta ya que se trata de una “persecución política”.
También se afirmaa que “fue secuestrado” de Santa Cruz por presión del presidente Luis Arce y el Movimiento Al Socialismo (MAS).
Aprehensión
El 28 de diciembre, Camacho fue aprehendido en Santa Cruz durante un operativo especial de la Policía. Ese día se denunció que todos sus derechos fueron violados, por ello se adelantó que se hará un reclamo internacional.
Consultado sobre si el operativo fue violento, Salazar dijo “tal vez fue una actuación incorrecta de la Policía ese día, por ello se ha pedido conocer el protocolo para la aprehensión”.
Sin embargo, recordó que Camacho había sido convocado varias para declarar en el caso.
“Existían comparendos para que preste declaración informativa sobre el caso Golpe de Estado I”, dijo.
Camacho “conocía el inicio de la acción penal en 2020 y ha estado rehuyendo a prestar declaración. Así ha expresado él, pero por la mala orientación de sus abogados y la falta de voluntad de prestar declaración es que se ha emitido el mandamiento de aprehensión”, afirmó.
El 31 de octubre de 2022, el fiscal del caso, Omar Mejillones, libró la aprehensión de Camacho. (La Razón-Bolivia)